La UIF aprobó un nuevo esquema de intercambio de información entre organismos de contralor específicos (BCRA, CNV, SSN e INAES) y entidades homólogas extranjeras, estableciendo canales formales, plazos definidos y requisitos mínimos de trazabilidad.
La norma refuerza el rol del Oficial de Cumplimiento como punto focal del proceso y prevé la incorporación de la información intercambiada a la Base de Datos y Matriz de Riesgo de la UIF.
Deroga la Resolución UIF N° 30/2013 y entra en vigencia a los 90 días de su publicación.